Información
fiscal La
FJSM se encuentra inscrita en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio
de Justicia, Dirección General de Asuntos Religiosos, con el nº 187
de la Sección Especial, Grupo F (Nº 187-SE/F).
La FJSM como entidad sin ánimo de lucro optó por la aplicación
de Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades
sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo y del Real Decreto
1270/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación
de dicho régimen fiscal.
Dentro de los incentivos fiscales al mecenazgo se encuentra el régimen
fiscal de las donaciones y aportaciones deducibles, por lo que dará derecho
a practicar deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
y en el Impuesto sobre Sociedades, los donativos, donaciones y aportaciones irrevocables,
puros y simples realizados a favor de la FJSM.
El procedimiento para la aplicación de dichos incentivos se concreta en: 1.
La expedición de un certificado a favor del donante en el constará: a)
El número de identificación fiscal y los datos de identificación
personal del donante y de la entidad donataria. b)
Mención expresa de que la entidad donataria (FJSM) se encuentra incluida
entre las entidades beneficiarias de mecenazgo de acuerdo con lo establecido en
la Ley 49/2002. c)
Fecha e importe del donativo cuando éste sea dinerario. d)
Documento público u otro documento auténtico que acredite la entrega
del bien donado cuando no se trate de donativos en dinero. e)
Destino que la entidad donataria dará al objeto donado en el cumplimiento
de su finalidad específica. f)
Mención expresa del carácter irrevocable de la donación.
2.
La entidad beneficiaria (FJSM) presentará ante la Administración
tributaria una declaración informativa sobre las certificaciones emitidas
por los donativos, donaciones y aportaciones deducibles percibidos durante cada
año natural.
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